Aquí estamos denunciando (consulte aquí) y mostrando tanto a nuestros acreedores
como a nuestros ex-funcionarios lo que ha pasado con el Tribunal de
Arbitramento iniciado entre Cellmovil S.A., en liquidación Vs. Telefónica
Móviles Colombia S.A., en donde el fallo resultante en esta convocatoria
a favor de la convocada, fue anulado por el Tribunal Superior de
Bogotá por sus Magistrados ponentes quienes concluyen entre otros apartes:
“Pues
bien, habida consideración que el cargo objeto de estudio solo tiene relación
con el proceder de los árbitros en cuanto a la conformación de la prueba –para
el caso, la no práctica de las decretadas oportunamente-, es indiscutible que a
este Tribunal Superior no le es posible examinar la cuestión sustancial del
laudo, como no lo ha examinado, razón por la que no le está permitido
adentrarse en consideraciones de fondo respecto a definir si el Tribunal de
Arbitramento acertó ó no en su decisión”.
Siendo sus conclusiones: “En virtud de lo
discurrido, donde se estableció que la causal de anulación del numeral cuarto,
alegada respecto del laudo recurrido, obtiene respaldo con la evidencia
objetiva de la actuación surtida, en cuanto a que sin fundamento legal se
dejaron de practicar las diligencias necesarias para evacuar pruebas
solicitadas oportunamente, las que tienen incidencia en la decisión –con total
prescindencia del resultado final- y que el interesado reclamó en la forma y
tiempos debidos, habrá proceder la Sala tenor de las previsiones consignadas en
el artículo 165 del Decreto 1.818 de 1998. Y por sustracción de materia, no hay
lugar al estudio de las restantes causales.”, por lo tanto, se llega al
siguiente fallo “Se DECLARA LA NULIDAD del laudo tratado en esta
providencia de mérito, con los efectos previstos en el precepto 165 ibidem.”
Firmado por los Honorables Magistrados, Jaime Chavaro
Mahecha, Luz Stella Roca Betancur y con salvedad de voto Gamal Mohammand Otham
Atshan Rubiano.
Dada la anulación en Septiembre 2012, en diciembre
2012 se les recordó a los árbitros la devolución del 50% de los honorarios con
el siguiente comunicado, pues después de más de 70 días no se habían
pronunciado, tiempo suficiente para eludir su compromiso con el recurso que se
estaba preparando con la contraparte (!):
Santiago de Cali, 16 de diciembre de 2012.
Doctores
SAUL FLOREZ ENCISO
JORGE PINZÓN SANCHEZ
FLORENCIA LOZANO
Tribunal de Arbitramento de ALIANZA CELLMOVIL en
Liquidación contra TELEFONICA MOVILES DE COLOMBIA –MOVISTAR - hoy COLOMBIA
TELECOMUNICACIONES S.A. ESP.
Bogotá D.C.
Señores Árbitros;
Desde el pasado 20 de septiembre se anuló el laudo
que ustedes profirieron en el proceso arbitral de ALIANZA
CELLMOVIL S.A. En Liquidación contra TELEFONICA MOVILES
COLOMBIA S.A. hoy COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A. ESP,
por haberse encontrado probada la causal de haberse dejado de practicar una
prueba legalmente decretada, la cual, como Ustedes saben, les impone
el deber de reembolsar el 50% de los honorarios.
Hasta ahora ustedes no han restituido a las partes
esos dineros, y en cambio ahora coincidencialmente aparece interpuesta una
Demanda de Tutela por TELEFONICA MOVILES COLOMBIA S.A. hoy COLOMBIA
TELECOMUNICACIONES S.A. ESP, que claramente busca anular el
fallo proferido por el Tribunal Superior de Bogotá, y en consecuencia evitarles
a Ustedes tener que reembolsar el dinero que debieron devolver desde el mes de
septiembre.
Como espero que se trate de una simple
coincidencia, les insisto en restituir inmediatamente el dinero correspondiente
al 50% de los honorarios recibidos.
Atentamente,
_____________________________________
JORGE ALBERTO TORRES POLANÍA
Representante Legal
Alianza Cellmovil S.A. En
liquidación
La carta fué respondida por uno de los árbitros, el
Dr., Saúl Flórez quien realizó la devolución del 50% correspondiente a sus
honorarios, los otros árbitros efectivamente coincidieron con el comunicado. El
fallo anulando el laudo fue entutelado por Telefónica con todas las
ventajas del apoderado de la contraparte, pues en la corte constitucional tiene
hasta familia.
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